Carta de Porte y CFDI de Traslado
La Carta Porte es un documento que se utilizaba para documentar el transporte de mercancías y su contenido. En el artículo 29B del Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente hasta el 31 de diciembre de 2011, se definían las características que debían tener estos documentos. En este documento se debía incluir, quien envía las mercancías, a quién están consignadas, la cantidad y descripción de las mercancías, así como su valor y, en su caso, los impuestos trasladados y la información aduanera.
En la reforma al CFF publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 12 de diciembre, ahora el Artículo 29D define la documentación que debe acompañarse en el transporte de mercancías:
- Si es de importación con su pedimento
- Si es de origen nacional, con un CFDI
Este CFDI puede ser un CFDI de tipo ingreso, equivalente a lo que llamamos factura electrónica, o de tipo traslado.
En el Anexo 20 a la RMF para 2012 publicado el pasado 30 de diciembre se define, tanto para el CFD 2.2 “por medios propios”, como para el CFDI 3.2, que el tipoDeComprobante” puede ser de ingreso (equivalente a una factura), egreso (nota de crédito) o traslado (carta de porte).
En resumen, lo que hasta diciembre pasado conocíamos como Carta de Porte, a partir de enero de este año ha quedado sustituida por el CFDI de traslado. Si se cuenta con formatos impresos de Carta Porte, estos podrán seguir siendo usados hasta que termine su vigencia, dos años a partir de su impresión (RMF 2012 Décimo Noveno Transitorio)
Es importante contactar al Proveedor Autorizado de Certificación para ir haciendo las modificaciones necesarias a los sistemas para que pueda emitirse este formato de comprobante fiscal por internet.